Queridos lectores,

Con respecto a todo lo relacionado con conseguir una novia tailandesa (o “cariño”, como la llama mi compatriota el Inquisidor y ahora autora de renombre en este blog) a un país de la UE, hay mucho que encontrar en Internet y, por supuesto, también en este blog

Aún así, espero poder descifrar lo siguiente: esporádicamente leo aquí una reacción de un belga que vive en España con su novia tailandesa (lo siento Inquisidor, no es un plagio, ¡sino un homenaje!). Ahora mi pregunta es si hay condiciones específicas para España?

Todavía no vivo allí, la novia vive en Tailandia y por lo tanto no tiene nada en términos de visa por el momento. Ahora digamos que estaré viviendo en España dentro de un año. ¿La gente también tiene que tener unos ingresos netos mínimos de 1.500 EUR para poder invitar a alguien y cuántos ingresos con la residencia permanente de una novia? ¿Qué pasa con el cuidado de la salud para los tailandeses?

¿La “importación” directamente a España o primero a Bélgica oa través de Alemania? ¡Una persona lee mucho!

Todo parece muy virtual y prematuro, pero existe tal expresión: mira antes de saltar. Por eso.

Gracias de antemano por las respuestas).

Un cordial saludo,

Roger


Estimado Roger,

En teoría, debería ser posible que los ciudadanos de la UE/EEE (Unión Europea/Espacio Económico Europeo) que viven en otros lugares de la UE/EEE se establezcan libremente. Cualquier pareja y miembros de la familia inmediata de fuera de la UE/EEE también tienen ciertos derechos para acompañar al ciudadano de la UE. Estos están establecidos en la Directiva de la UE 2004/38 "sobre el derecho de los ciudadanos de la Unión y los miembros de su familia a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros". Tenga en cuenta: la directiva no se aplica a los ciudadanos de la UE/EEE que viven en un estado miembro del que ellos mismos tienen la nacionalidad. Pero un belga que quiera ir a España para una estancia corta (hasta 3 meses) o larga (inmigración) puede confiar en la directiva. En virtud de esta directiva, por ejemplo, es posible que los nacionales de países no pertenecientes a la UE obtengan un visado para estancias de corta duración de forma gratuita a través de un procedimiento simplificado y relajado. La inmigración también es posible bajo requisitos flexibles, siempre que el extranjero no sea una "carga irrazonable" para el estado y no represente una amenaza para la seguridad nacional. 

De acuerdo con la Directiva (según el Artículo 2(2)) al menos el cónyuge y los hijos menores son elegibles para los procedimientos bajo esta Directiva. La Directiva establece (según el artículo 3(2b)) que “la pareja con la que el ciudadano de la Unión tenga una relación duradera debidamente probada” también califica. Sin embargo, no hay acuerdos a nivel de la UE cuando se trata de una relación de este tipo, cada Estado miembro tiene su propia interpretación/reglas para esto o, a veces, ninguna regla. 

De hecho, asumí que España solo aceptaría la inmigración de un tailandés si se habla de matrimonio. Para mi sorpresa, España también permitiría la inmigración de personas solteras. Las autoridades españolas (ministerio del empleo, secretaria general de inmigracion) declaran: 

“Pareja de hecho no inscrita con la que mantienen una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre si.” 

Basándose en la traducción automática, este texto en español establece que las personas en una relación a largo plazo también son elegibles si hay evidencia clara de una relación exclusiva de al menos un año y pueden probar esto con evidencia documental. 

Si se casara con su pareja tailandesa, por supuesto que no puede discutirse si la pareja tailandesa debe ser considerada miembro de la familia de un ciudadano de la UE. Después de todo, tiene un certificado de matrimonio como prueba. Por supuesto, este debe ser un matrimonio legal y sincero. Sin embargo, las autoridades pueden exigir que los documentos de matrimonio se traduzcan a un idioma que las autoridades (españolas) puedan entender, así como que las escrituras y la traducción estén legalizadas (para garantizar la autenticidad de los documentos).  

Sin embargo, España es conocida por no estar satisfecha con un certificado de matrimonio extranjero (tailandés), incluso si está traducido y legalizado. A la embajada española también le gustaría que el estado miembro de la UE reconozca/confirme el matrimonio. Estrictamente hablando, esto es contrario a las normas de la UE, pero esto se debe a que los españoles han adoptado incorrectamente la directiva en su legislación nacional. El Ministerio de Asuntos Exteriores español también lo reconoce, como he oído decir en el pasado a abogados (activos en socioextranjero.nl). Cooperar con solicitudes incorrectas estrictamente hablando generalmente tiene el mejor resultado. Después de todo, si no se puede hacer como se debe, entonces se debe hacer como se puede. Por supuesto, puede presentar una queja sobre esto, por ejemplo, a la Comisión Europea a través de Asuntos de Interior de la UE. La UE en sí misma no funciona muy rápido, tal queja sirve principalmente para fines administrativos para que Bruselas pueda hacer que un estado miembro rinda cuentas por violaciones frecuentes y pueda tener en cuenta tales acciones cuando se discutan reformas políticas en el futuro. 

En la práctica, tanto la embajada española como diversas autoridades en España pueden jugarte una mala pasada. Por ejemplo, en ThaiVisa leo regularmente experiencias de ciudadanos de la UE que quieren ir a España con su pareja tailandesa para una estancia corta o inmigración y luego no solo se les pide que demuestren que el estado miembro de la UE reconoce el matrimonio, sino también que quieren para ver un seguro médico de viaje, un informe de la policía tailandesa (como declaración de conducta), billetes de avión, reserva de hotel u otra prueba de alojamiento/alojamiento, etc.  

En teoría, podríais viajar a España juntos, con vuestra pareja con un visado de corta estancia (visado Schengen tipo C) o larga estancia (visado Schengen tipo D) y encontrar un lugar para vivir allí y daros de alta los dos en España. Sin embargo, si leo experiencias como esta, probablemente lo mejor sea que primero te asegures la estadía en España y solo luego que venga tu pareja. Entonces volvería a consultar tanto con la embajada en Bangkok como con el Ministerio de Inmigración qué exigen las autoridades españolas a su socio tailandés.  

No escribes sobre qué base quieres vivir en España con tu pareja. El punto de partida es que usted y su pareja no sean una carga irrazonable y que tengan ingresos suficientes para sobrevivir. Puedes trabajar en España por cuenta ajena, por cuenta propia o como pensionista. Siempre que tenga ingresos suficientes (no se dan cantidades que sean 'suficientes', los españoles pueden tener cantidades de ejemplo, pero siempre que sus ingresos sean suficientes para cumplir con todas sus obligaciones y no recurra a la asistencia social, los españoles no deben interferir tumbado) puede ocurrirle a su pareja tailandesa sin cumplir ningún otro requisito. Eso sí, después de inmigración tendrán que darse de alta y contratar un seguro médico. No hay obligación de integrarse (realizar exámenes de idiomas, etc.).

Mi conclusión es que puedes vivir en España con tu pareja tailandesa, pero que puedes tomar varias rutas para ello. Uno traerá más obstáculos y dolores de cabeza que el otro. No puedo decir cuál es el mejor enfoque, aunque solo sea porque no sé su situación exacta y no estoy al tanto de las reglas de inmigración exactas que establecieron los españoles o cómo los funcionarios españoles individuales explican las reglas. Como siempre, la preparación oportuna es esencial. Dibuja la(s) ruta(s) que quieres seguir, indica claramente en un papel cuál es tu situación (tu situación laboral/ingresos, tu nacionalidad, la nacionalidad de ella, tu estado civil, etc.) y ponte en contacto con las autoridades españolas para obtener más información. Mira si su respuesta te conviene y si se corresponde un poco con los requisitos oficiales de la UE y los requisitos españoles. A continuación, puede planificar más a partir de ahí. 

Finalmente, mi consejo es leer el siguiente Manual de la UE además del Reglamento de la UE 2004/38, que explica esto en palabras más simples en el Capítulo 3 (página 82): 

http://ec.europa.eu/dgs/home-asuntos/que-hacemos/politicas/fronteras-y-visados/politica-de-visados/docs/20140709_visa_code_manual_consolidado_es.pdf

Si, a pesar de una buena preparación, sigue atascado, puede ponerse en contacto con el Defensor del Pueblo de la UE Solvit. Se puede llegar a Solvit, entre otras cosas, yendo a las páginas web mencionadas en mis fuentes europa.eu/tueuropa haciendo clic en el botón “ayuda o consejo”. 

Sobre el papel, todo esto debería ser un proceso simple, pero puede estar claro que en la práctica es ingobernable. Espero haberte dado una buena base desde la que empezar. ¡Buena suerte! 

Un cordial saludo, 

robar v 

PD: Es bueno saber que una vez que vivas en España, tu pareja recibirá una tarjeta de residencia que indica que es la pareja de un ciudadano de la UE. Con esa tarjeta, ella puede viajar con usted sin visa a todos los estados miembros de la UE/EEE (incluido el Reino Unido, siempre que siga siendo un estado miembro) y Suiza. Con el tiempo, también podrían regresar juntos a Bélgica, donde Bélgica ya no podrá imponerle sus propias normas nacionales de inmigración o integración. Esta última se conoce como la ruta de la UE.

Recursos y enlaces útiles:

– http://eur-lex.europa.eu/contenido-legal/NL/TXT/?uri=celex:32004L0038 (varios idiomas de la UE) 

– http://europa.eu/youreurope/ciudadanos/viajes/entrada-salida/familia fuera de la UE/index_nl.htm (varios idiomas de la UE)

– http://europa.eu/youreurope/ciudadanos/residencia/familia-derechos-de-residencia/esposa-no-ue-marido-hijos/index_es.htm (varios idiomas de la UE)

– http://ec.europa.eu/dgs/asuntos-de-hogar/que-hacemos/politicas/fronteras-y-visados/visa-policy/index_es.htm (Inglés)

– www.buitenlandsepartner.nl 

- - http://belgie-route.página de inicio.nl/

– http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformaciónProcedimientos/Ciudadanos Comunitarios/hoja103/index.html
(Español)

– http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/BANGKOK/es/InformaciónParaExtranjeros/Páginas/VisadosDeLargaDuración.aspx (español, inglés)

 

6 respuestas a “Mudanza a España y visado para mi novia tailandesa”

  1. robar v dice en

    Si he decepcionado a alguien porque una vez no proporcioné enlaces directos a todas las fuentes... Eso fue en parte porque lo hice de memoria. El lector crítico, naturalmente, quiere una referencia exacta de la fuente, así que aquí está:

    De outsiderpartner.nl cito al abogado jubilado Prawo (G. Adang):
    “En el Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid conocen bien la normativa de la UE.
    Los consulados no lo hacen y sus empleados están mal capacitados y/o trabajan con compromiso latino”.
    http://www.buitenlandsepartner.nl/showthread.php?56998-Visum-ook-door-rechter-afgewezen-via-een-ander-land-een-optie&p=576948&viewfull=1#post576948

    Que sí sepan cómo se debe hacer en Madrid:
    “España es una buena opción como primer país de residencia ya que ese país sí cumple con las normas tras una condena del Tribunal Europeo”. — G.Adang
    http://archief.wereldomroep.nl/nederlands/article/met-je-buitenlandse-partner-naar-nederland-20-tips?page=5
    — Con referencia al asunto C-157/03 del Tribunal de la UE:
    - http://curia.europa.eu/juris/liste.jsf?language=nl&jur=C,T,F&num=C-157/03&td=ALL

    Desafortunadamente, las experiencias de cómo las cosas en la embajada española en BKK a menudo salen mal en la práctica, es simplemente una cuestión de buscar temas sobre España en el foro 'Visas e inmigración a otros países' en ThaiVisa. Luego habrá una docena de temas que no mencionaré aquí.

    Esto puramente para una imagen más completa, las fuentes primarias y el trabajo de referencia son, por supuesto, la Directiva de la UE 2004/38 y la información del Ministerio de Inmigración de España (que debería aplicar correctamente estos acuerdos de la UE). Una experiencia práctica de ayer puede estar ya desfasada hoy.

  2. Jaspe dice en

    Pregunta adicional a Ronnie: Quiero ir por el mismo camino y estoy casado. El matrimonio también está reconocido en los Países Bajos, mi esposa incluso recibió un BSN. Sin embargo, no existe un documento oficial del reconocimiento, no se proporcionó, según el funcionario.
    ¿En qué debe consistir entonces esta prueba para las autoridades españolas?

    • robar v dice en

      Además de registrarlo en su propio municipio, puede convertir un matrimonio extranjero en un matrimonio holandés registrándolo en el departamento de Landelijke Taken. Que cae bajo el municipio de La Haya. Luego puede obtener un extracto holandés del matrimonio, pero solicite uno para uso internacional.

      Por supuesto, en teoría, los documentos de matrimonio tailandeses deberían ser suficientes (más la traducción reconocida y las legalizaciones). Existe una buena posibilidad de que España solicite erróneamente una prueba de que el matrimonio es reconocido por los Países Bajos. Tal extracto internacional holandés ciertamente debería ser suficiente, pero en realidad una legalización de los documentos tailandeses por parte de la embajada holandesa ya es más de lo que uno puede pedir (por lo que la legalización holandesa confirma la corrección de la legalización tailandesa MinBuZa, la embajada española puede hacer eso, sin embargo). usted mismo).

      Si está casado en los Países Bajos, por supuesto, simplemente puede obtener el extracto de su propio municipio.

      PD: ¡Ronny y yo no somos la misma persona que yo sepa! 555 😉

  3. daniel m dice en

    Con la última respuesta de Rob V., una luz naranja parpadea en mi cabeza:

    “Un extracto holandés del matrimonio para uso internacional”

    No entiendo muy bien esto y se me ocurren varios signos de interrogación.

    Yo mismo he estado casado en Tailandia durante más de 4 años y mi matrimonio está registrado en Bélgica.
    Mi esposa vive conmigo en Bélgica desde hace 4 años y tiene una tarjeta F (tarjeta de identidad para no belgas).

    Supongamos que emigrara a España, ¿tendría que solicitar también un extracto del matrimonio para uso internacional, a pesar de que la circulación de personas y bienes dentro de la UE es libre?
    Si el matrimonio está registrado en su país de la UE, esto se aplica a toda la UE, ¿verdad?
    En Bélgica, también existe un certificado de composición familiar. ¿No es eso suficiente?

    Estas son preguntas que hago que no sé la respuesta a mí mismo. Pero me resulta útil pensar en eso.

    • robar v dice en

      Querido Daniel, realmente tienes que ver estas cosas por separado.

      1) Para establecerse según las normas de la UE con su pareja tailandesa según las normas flexibles (incluido el visado Schengen tipo C gratuito) para vacaciones o inmigración, basta con un matrimonio legalmente válido. El único requisito establecido por la UE en la Directiva 2004/34 es que estos matrimonios/documentos no deben ser fraudulentos. Para comprobar que los documentos están efectivamente en orden, el Estado miembro puede solicitar la legalización (Ministerio de Asuntos Exteriores de Tailandia y la correspondiente embajada europea en Tailandia, que confirma la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores para su autenticidad) más una traducción oficial en un idioma que el Estado miembro entienda. En la práctica, la embajada española no está contenta con esto, aunque los madrileños saben muy bien cómo deben ir las cosas. España quiere erróneamente un documento oficial que demuestre que el matrimonio también es conocido y reconocido en el país del ciudadano de la UE. Realmente no deberían preguntar. Cooperar con esta arbitrariedad o ignorancia burocrática suele ser la solución más pragmática.

      2) Un ciudadano holandés puede voluntariamente (por lo tanto opcionalmente) convertir el matrimonio extranjero en un certificado holandés. Esto se hace a través de Landelijke Taken en La Haya. Luego puede obtener fácilmente un extracto en los Países Bajos a través de Landelijke Taken o una versión internacional en inglés/multilingüe. Ya no tiene que buscar una nueva escritura/legalización de Tailandia. España está satisfecha con este extracto de matrimonio holandés.

      “Después de la legalización, puede tener una escritura pública extranjera registrada en el departamento Landelijke Taken de la Municipalidad de La Haya. (…) Una escritura extranjera legalizada proviene de la inscripción en los registros del estado civil del municipio de La Haya. La ventaja de esto es que siempre puede solicitar copias y extractos del municipio de La Haya. En ese caso, no es necesario volver a solicitar la escritura en el extranjero y legalizarla. ”

      Fuente:
      https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/legalisatie-van-documenten/vraag-en-antwoord/inschrijven-gelegaliseerde-buitenlandse-akte

      3) Si está registrado como residente de los Países Bajos, debe informar un matrimonio extranjero a su propio municipio. El municipio no emite extractos de esto.

      "¿Vives en los Países Bajos? Luego debe registrar su matrimonio o unión registrada en el extranjero en la Base de Datos de Registros Personales Municipales (BRP). ¿Vives en el extranjero como ciudadano holandés? Entonces esto no es posible”

      Fuente: https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/trouwen-samenlevingscontract-en-geregistreerd-partnerschap/vraag-en-antwoord/trouwen-of-geregistreerd-partnerschap-sluiten-in-het-buitenland

      Entonces, si usted es una persona holandesa que vive en Bélgica con su esposa tailandesa, el número 3 no se aplica a usted. De acuerdo con los acuerdos europeos, todo matrimonio legalmente válido debe ser reconocido en toda la UE, el primer Estado miembro europeo en celebrar o registrar este matrimonio (si se casó fuera de Europa) puede, por supuesto, investigar los matrimonios de conveniencia porque, por supuesto, no se aceptan los matrimonios fraudulentos. Varios funcionarios españoles en la embajada en BKK, entre otros, tienen algunos problemas con esas reglas...

  4. turi janssen dice en

    hallo,

    ¡Qué raro que esté leyendo esto por primera vez! Pensé que esto solo se aplicaba al continente africano. Lo más importante es que los amantes puedan estar/permanecer juntos pase lo que pase.
    Yo mismo creo que estas reglas son una tontería porque son válidas para un (país) y no para el otro país. Pura hipocresía del gobierno, por así decirlo.

    Si usted y su ser querido tienen que mudarse a otro país, me gustaría
    para mudarse a España, Francia, Bélgica, Alemania y los Países Bajos, los siguientes enlaces pueden ayudarlo en su camino.

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