Queridos lectores,

Soy un marino holandés empleado por una compañía naviera holandesa. Casado con un tailandés y viviendo en Tailandia en nuestra propia casa. Se ha dado de baja GBA en los Países Bajos.

Ahora, cuando solicité a la Administración Tributaria y Aduanera una exención de impuestos sobre la nómina, mi empleador recibió la respuesta de que, lamentablemente, esto no era posible.

¿Pero es esto cierto? ¿Puedo oponerme a esto con la Administración Tributaria y Aduanera?

Un cordial saludo,

Casco

7 respuestas a "Pregunta del lector: Exención de impuestos sobre la nómina en los Países Bajos"

  1. steven dice en

    Empleado por una compañía naviera holandesa, por lo que asumo la obligación de pagar impuestos en los Países Bajos:
    “La mayoría de los tratados fiscales estipulan que el país de empleo del empleado tiene derecho a gravar los salarios que el empleado gana allí. “.

    • Pieter dice en

      Me parece que el tratado fiscal entre los Países Bajos y Tailandia (artículo 18) estipula que el impuesto se cobrará en el país de residencia.

      • Lammert de Haan dice en

        El artículo 18 del Tratado trata de pensiones y rentas vitalicias, Pieter.

  2. rene dice en

    Todavía tienes ingresos en los Países Bajos

    Si no vive en los Países Bajos, pero tiene ingresos de los Países Bajos, se debe evaluar si está asegurado obligatoriamente bajo los planes de seguro nacionales holandeses. Esto depende de los ingresos que tenga en los Países Bajos. Estás asegurado obligatoriamente para todos los planes de seguros nacionales en las siguientes situaciones:

    Sus ingresos de las actividades realizadas como empleado en los Países Bajos están sujetos al impuesto sobre el salario. La condición es que el trabajo se realice exclusivamente en los Países Bajos. También permanecerá asegurado durante los períodos en que su trabajo se vea interrumpido temporalmente por enfermedad, embarazo, accidente, desempleo, vacaciones pagadas, huelga o cierre patronal.
    No vive en los Países Bajos, pero realiza sus actividades exclusivamente en los Países Bajos como trabajador por cuenta propia.
    Forma parte del personal de medios de transporte de una empresa holandesa (también en navegación interior y navegación por el Rin). Las condiciones adicionales son que no trabaje exclusivamente en su país de residencia y que no trabaje en una sucursal extranjera o en una representación permanente extranjera de una empresa holandesa.
    En algunas situaciones especiales, su seguro obligatorio para los planes de seguro nacionales de los Países Bajos seguirá existiendo. Ejemplos de esto son:

    Está desplegado como militar u otro funcionario público.
    Se le publicará como empleado con una declaración de traslado (una declaración del Banco de la Seguridad Social que demuestre que está asegurado socialmente en los Países Bajos durante el período de traslado).

    La ventaja es que ahora puede contratar un seguro de salud en los Países Bajos y seguir acumulando una pensión estatal.

  3. Rob Thai Mai dice en

    Para la gente de mar es la siguiente: La bandera bajo la cual navega el buque está obligada a recaudar el impuesto al “salario”. Entonces, si es una bandera holandesa, entonces los Países Bajos son el país fiscal. Si es una bandera diferente "más barata", entonces ese país está sujeto a impuestos, pero recuerda la pensión estatal del 2% anual que perderás más adelante.

  4. Lammert de Haan dice en

    Estimado Casco,

    Supongo que usted, que vive en Tailandia, trabaja para una compañía naviera holandesa a bordo de un barco que navega en tráfico internacional. Eso es algo que encuentro con frecuencia en mi práctica de consultoría fiscal. Y entonces la respuesta de la Administración Tributaria y Aduanera es correcta.

    El artículo 15(3) del Tratado Fiscal Países Bajos-Tailandia establece esto de la siguiente manera:

    “Artículo 15. Trabajo personal
    3. Sin perjuicio de las disposiciones anteriores del presente artículo, las remuneraciones correspondientes a un empleo ejercido a bordo de un buque o de una aeronave en tráfico internacional podrán someterse a imposición en el Estado en que esté situada la sede de dirección efectiva de la empresa.»

    Los dos primeros párrafos no se aplican por tratarse de distintos tipos de remuneración.

    Me sorprende que su empleador no esté al tanto de esto.

    • Lammert de Haan dice en

      Estimado Casco,

      Para evitar cualquier malentendido, me gustaría agregar lo siguiente a mi publicación anterior.

      En su pregunta usted habla de la negativa por parte de la Administración Tributaria y Aduanera de una exención de retención “impuesto sobre nómina”. Su respuesta es correcta. Pero tenga en cuenta que "loonbelasting" consta de dos componentes, a saber, el impuesto sobre los salarios y las contribuciones al seguro nacional. Este último no debe ser retenido por su empleador, ya que usted no se encuentra dentro del círculo de personas aseguradas obligatorias para los planes de seguro nacionales. Sin embargo, asumo que su empleador es consciente de esto.

      A partir de 2018, esto cambiará para la gente de mar en el tráfico internacional.

      Es perfectamente claro que la Administración Tributaria y Aduanera no otorga una exención por esto. Mi esposa no tiene carro. Esto está a mi nombre. Por lo tanto, no paga el impuesto sobre vehículos de motor. Pero no se puede hablar de una exención que se le concedió del impuesto sobre vehículos a motor. Después de todo, ella no entra en el círculo de contribuyentes de este impuesto.


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