Queridos lectores,

Tengo problemas para llenar mis documentos de impuestos. He dado de baja, marinero, ingresos de los Países Bajos y del extranjero. ¿Todavía estoy asegurado por las leyes sociales en NL?

Recibí un mensaje pidiéndome que complete mis documentos fiscales de 2015 como contribuyente no residente y tengo algunas preguntas al respecto.

¿Quién puede ayudarme más?

Un cordial saludo,

Arie

7 respuestas a "Pregunta del lector: ¿Quién puede ayudarme con mis documentos de impuestos?"

  1. Joe el granjero dice en

    Envíame un correo electrónico, mi hermano te puede ayudar.

  2. Lammert de Haan dice en

    Bien puedo imaginar que tal declaración podría causar problemas, Arie.

    Entiendo por su pregunta que navega en tráfico internacional para, entre otras, una empresa holandesa. Los ingresos obtenidos de esto se gravan en los Países Bajos.

    Se vuelve más difícil si la empresa holandesa lleva a cabo su negocio con la ayuda de un establecimiento permanente (en este caso) establecido en Tailandia. En ese caso, debe realizarse una asignación/distribución entre la empresa holandesa y su establecimiento permanente establecido en Tailandia. Hay reglas fijas para esto.

    Los artículos 7 y 8 del Tratado Fiscal Países Bajos-Tailandia contienen, en su caso, las siguientes disposiciones:

    “Artículo 7. Beneficio del negocio
    1. Los beneficios de una empresa de uno de los Estados sólo pueden someterse a imposición en ese Estado, a menos que la empresa realice actividades en el otro Estado por medio de un establecimiento permanente situado en él. Si la empresa ejerce así una actividad empresarial, sus beneficios pueden someterse a imposición en el otro Estado, pero sólo en la medida que sea atribuible a ese establecimiento permanente.
    2. Cuando una empresa de uno de los Estados realice actividades en el otro Estado por medio de un establecimiento permanente situado en él, se atribuirán en cada uno de los Estados a ese establecimiento permanente los beneficios que podría esperar obtener si fuera independiente. empresa que llevaría a cabo actividades iguales o similares en circunstancias iguales o similares y que realizaría transacciones de forma totalmente independiente con la empresa de la que es establecimiento permanente”.

    “Artículo 8. Marítimo y aeronáutico
    1. Los beneficios o rentas de una empresa de uno de los Estados procedentes de la explotación de aeronaves en tráfico internacional sólo podrán someterse a imposición en ese Estado.
    2. Cuando, en virtud del artículo 7, una empresa de uno de los Estados que explota buques en tráfico internacional pueda someterse a imposición en el otro Estado, el impuesto cobrado en ese otro Estado se reducirá en una cantidad igual al 50 por ciento del mismo.”

    Para poder hacer un buen juicio sobre la situación que se aplica a usted, es necesario tener mucha más información. Sin embargo, debido a problemas de privacidad, un blog público no es adecuado para esto.

    Para más información siempre puedes contactarme en: [email protected]
    o a través del formulario de contacto en mi sitio web: http://www.lammertdehaan.heerenveennet.nl.

    Lammert de Haan, abogado fiscal (especializado en derecho fiscal internacional y seguridad social)

    • robar e dice en

      Esto es solo la mitad de la verdad. Depende completamente de dónde navegue Arie. Arie le indicará cómo comunicarse con usted.

      • Lammert de Haan dice en

        Eso es un poco loco, Rob E. No hay medias verdades en mi campo. Sin embargo, ante la falta de información suficiente, a veces hay que limitarse a generalidades (aunque pidiendo más información).

        Podría haber pronunciado un discurso completo, desde no tributar en absoluto en los Países Bajos, en vista de las disposiciones del artículo 7.2, párrafo séptimo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2001 (una sentencia judicial de 2015) hasta estar totalmente gravado en los Países Bajos. pero eso no me pareció útil. Y ocuparme de todas las decisiones judiciales relevantes en esta etapa me pareció demasiado. Luego rápidamente terminas con una obra de referencia de unos cientos de páginas.

        Me parece más obvio brindarle consejos más adaptados a su situación, basados ​​en información suficiente de Arie. Esto incluye cuestiones como: dónde navega (tráfico internacional o vías navegables interiores tailandesas), dónde navega (por ejemplo, un barco de dragado con o sin propulsión propia), si trabaja como empleado de un empresario holandés o por contrato. con intermediarios/agentes y si trabaja para una empresa holandesa, también tiene una sucursal independiente en Tailandia, etc., etc. Ahora leo en su pregunta que está asegurado por el seguro nacional holandés y eso ya apunta en una dirección determinada. , pero tengo el rasgo "malo" de no dar nada por sentado. En ese sentido, para mí el derecho tributario es también una ciencia exacta, que no se compone de verdades a medias.

  3. Roel dice en

    Estimado Ari,

    Hubiera sido mejor informar cómo ponerse en contacto con usted. Cuando sepa me pondré en contacto contigo.

  4. pablo vermy dice en

    Estimado Ari,

    Déjate aconsejar por Lammert de Haan. No puedes encontrar uno mejor

    • Arie dice en

      Querido Paul,

      Me pondré en contacto con Lammert de Haan.


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